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Artículo 65 del REGLAMENTO DE IMPACTO AMBIENTAL Y RIESGO EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Después de que se entregue el informe final, la dependencia que revisa el impacto ambiental tiene 10 días hábiles (días de trabajo, sin contar sábados, domingos ni días festivos) para analizar la información y tomar una decisión. En esa decisión, debe obligar a la empresa o persona que quiere hacer el proyecto a seguir ciertas reglas para cuidar el medio ambiente, como medidas para evitar daños, reducir problemas o mejorar lo que ya está afectado. También puede ordenar que haga cosas adicionales, como plantar más árboles o restaurar áreas dañadas. Todo esto es obligatorio para que el proyecto pueda hacerse.

Texto oficial

Artículo 65.- Posterior a la presentación del Informe Final, la DGEIRA contará con diez días hábiles para analizar y emitir la resolución administrativa en la que deberá ordenar el establecimiento y cumplimiento obligatorio de las medidas de prevención, mitigación, compensación y ampliación que deberá realizar la promovente de la obra o actividad sujeta al Proceso Informativo Comunitario.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.