Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 110 del REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA XOCHIMILCO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los integrantes de las comisiones tienen que cumplir con estas obligaciones: llegar a tiempo a las juntas, participar de manera responsable, y estudiar los asuntos para proponer soluciones. También pueden sugerir temas para tratar, pero deben hacerlo con dos días de anticipación (48 horas) y mandar la información necesaria a la persona que preside la comisión. Tienen derecho a votar y deben firmar las actas y acuerdos de las juntas. Además, deben guardar secreto sobre la información que pueda afectar los asuntos de la comisión y lo que se hable en las sesiones.

Texto oficial

Artículo 110.- Son atribuciones de los integrantes de las Comisiones: I. Asistir de manera puntual a las Sesiones de la Comisión; II. Participar responsablemente en la Comisión del Concejo; III. Conocer, analizar, examinar, evaluar y proponer acuerdos, acciones o normas que den solución a los asuntos que se sometan a la consideración de la Comisión; IV. Proponer asuntos a ser tratados en las Sesiones de la Comisión; con cuarenta y ocho horas de anticipación. V. Enviar oportunamente a la Presidenta o Presidente de Comisión las propuestas de asuntos que integren el orden del día y que deban someterse a la consideración de la misma, y en su caso, agregar la información y documentación de soporte; con cuarenta y ocho horas de anticipación; VI. Emitir su voto; VII. Firmar las actas, acuerdos y dictámenes emanados de las Sesiones de la Comisión; VIII. Mantener absoluta reserva y confidencialidad con respecto a aquella información que pudiera afectar la operación de los asuntos tratados en las Comisiones, así como de las deliberaciones que se lleven a cabo en relación con dichos asuntos; y IX. Las demás funciones que le señalen este reglamento y otros ordenamientos jurídicos aplicables, para garantizar el debido funcionamiento de la Comisión a su cargo y las que determine el Concejo;

Ver ley oficial en el DOF (pág. 22) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.