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Artículo 32 del REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA XOCHIMILCO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las sesiones de los concejales pueden ser de dos tipos. Las **ordinarias** son las que sí o sí deben hacerse al menos una vez al mes; si por alguna razón no se hacen, se tienen que reponer al mes siguiente. Para estas juntas, los concejales deben recibir los papeles y la lista de temas a tratar con mínimo tres días completos de anticipación (72 horas, contando fines de semana y días festivos).

Texto oficial

Artículo 32.- Las Sesiones se clasifican de la manera siguiente: I. Ordinarias, se llevarán a cabo por lo menos una vez por mes, en caso de no realizarse se repondrá en el mes siguiente. El orden del día y los documentos a tratar en este tipo de Sesiones, se deberán entregar a los Concejales con cuando menos setenta y dos horas de días naturales, de anticipación a la fecha en que se celebre la Sesión correspondiente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.