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Artículo 20 de la LEY DEL SISTEMA DE CUIDADOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Sistema de Cuidados es como una gran red organizada donde distintas dependencias del gobierno trabajan juntas para ofrecer servicios de cuidado a quienes los necesitan (como niños, adultos mayores o personas con discapacidad). Incluye desde las reglas y los programas hasta los lugares físicos y el personal que brinda la atención. También se encarga de planear, supervisar y mejorar estos servicios para que funcionen bien. En pocas palabras, es la forma en que el gobierno coordina todo lo relacionado con los cuidados públicos.

Texto oficial

Artículo 20. El Sistema de Cuidados es el conjunto orgánico y articulado de relaciones funcionales, principios, normas, instituciones, instalaciones, estructuras, técnicas, programas, políticas, procedimientos y mecanismos de coordinación interinstitucional para la planeación, implementación, monitoreo, evaluación, generación y prestación de servicios públicos de cuidados, así como de articulación de programas, estrategias, planes y acciones de política pública en ese ámbito.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.