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Artículo 39 de la LEY DEL SISTEMA DE CUIDADOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Obras y Servicios es la encargada de construir, arreglar y mantener en buen estado los edificios y espacios donde funcionan los centros de cuidado de la ciudad. También debe hacer un plan para darles mantenimiento constante y mejorarlos con el tiempo. Tiene que coordinarse con otras secretarías para instalar y mejorar los lugares donde operan estos centros. Además, debe ir creando poco a poco más infraestructura pública para el cuidado de las personas. Por último, también tiene que cumplir con cualquier otra tarea que le asigne la ley o su reglamento.

Texto oficial

Artículo 39. Corresponde a la Secretaría de Obras y Servicios: I. Planear, ejecutar y vigilar la construcción, adecuación y conservación física de los inmuebles y espacios del Sistema de Cuidados; II. Elaborar un plan de mantenimiento y mejora continua de los espacios del Sistema de Cuidados a cargo del Gobierno de la Ciudad; III. Coordinarse con las distintas Secretarías para la instalación y mejora de los espacios destinados a la operación de centros de cuidado; IV. Desarrollar progresivamente infraestructura pública de cuidados; y V. Las demás que le otorguen las disposiciones aplicables y el Reglamento de esta Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 21) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.