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Artículo 62 de la LEY DEL SISTEMA DE CUIDADOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El dinero para que funcionen los Centros de Cuidado para las Infancias (como guarderías o estancias públicas) sale del presupuesto de las dependencias del gobierno o de las Alcaldías que los manejen. Esto significa que no se te cobrará a ti como usuario por mantenerlos operando, pues el gasto ya está cubierto por los recursos públicos asignados a esas instituciones.

Texto oficial

Artículo 62. Los costos de operación de los CECUI públicos correrán a cargo del presupuesto asignado a las instituciones de la Administración Pública y las Alcaldías que los administren. TÍTULO SEXTO DE LOS CENTROS DE CUIDADO CAPÍTULO I DE LOS SERVICIOS DE CUIDADO DE LAS INFANCIAS

Ver ley oficial en el DOF (pág. 30) ↗

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