Artículo 175 de la LEY DE TRANSPARENCIA PARA EL ACCESO Y SOCIALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Unidad de Transparencia es como el puente entre la dependencia de gobierno que tiene la información (sujeto obligado) y la persona que la pide (tú). Es la encargada de avisarte todo lo relacionado con tu solicitud, como si te llega la respuesta o necesitas más datos. También tiene que hacer los trámites necesarios con la dependencia para que puedas ejercer tu derecho a pedir información pública sin trabas. En pocas palabras, es la oficina que te ayuda a obtener los datos que buscas del gobierno.
Texto oficial
Artículo 175. La Unidad de Transparencia será el vínculo entre el sujeto obligado y la persona solicitante, ya que es la responsable de hacer las notificaciones a que se refiere esta Ley. Además, deberá llevar a cabo todas las gestiones necesarias con el sujeto obligado a fin de facilitar el ejercicio del Derecho de Acceso a la Información Pública.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.