Artículo 206 de la LEY DE TRANSPARENCIA PARA EL ACCESO Y SOCIALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien a quien le ordenaron algo no lo hace, primero le pueden aplicar una multa o castigo. Si aún así no obedece, entonces le van a pedir directamente a su jefe o superior que lo obligue a cumplir en máximo 5 días. Si el jefe tampoco hace nada, a él también le pueden aplicar multas. Y si después de ese tiempo nadie cumple, se les van a imponer otras sanciones más fuertes.
Texto oficial
Artículo 206. Si con las medidas de apremio previstas en el Artículo anterior no se cumple con la determinación, se requerirá el cumplimiento a la persona superior jerárquica para que en un plazo de cinco días lo instruya a cumplir sin demora. De persistir el incumplimiento, se aplicarán sobre la persona superior jerárquica las medidas de apremio establecidas en el Artículo anterior. Transcurrido el plazo, sin que se haya dado cumplimiento, se determinarán las sanciones que correspondan.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.