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Artículo 207 de la LEY DE TRANSPARENCIA PARA EL ACCESO Y SOCIALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Autoridad Garante (que es la institución encargada de proteger tus derechos, como la CNDH) es la única que puede decidir aplicar una multa o alguna otra medida para obligar a alguien a cumplir con la ley. Esa sanción la ejecutan otras autoridades, pero siguiendo pasos que ya están marcados en las leyes. Si te toca pagar una multa, tienes que hacerlo directamente en la Secretaría de Finanzas, y el trámite se realiza como lo indican las reglas oficiales. En resumen: las autoridades competentes son las que deciden la sanción y las que la cobran, cada una con su parte del proceso.

Texto oficial

Artículo 207. Las medidas de apremio a que se refiere el presente Capítulo deberán ser impuestas por la Autoridad Garante que corresponda y ejecutadas por las autoridades competentes, de conformidad con los procedimientos que establezcan las leyes respectivas. Las multas que fijen las Autoridades garantes se harán efectivas ante la Secretaría de Finanzas, a través de los procedimientos que las leyes establezcan.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 48) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.