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Artículo 219 de la LEY DE TRANSPARENCIA PARA EL ACCESO Y SOCIALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien no obedece lo que ordena la autoridad encargada de vigilar que se cumplan las leyes (como un juez o un órgano regulador), y ese desacato parece ser un delito, esa autoridad está obligada a presentar una denuncia ante el ministerio público o el juez que corresponda. Es decir, no puede quedarse callada: tiene que dar parte a las instancias que investigan y castigan los delitos. La ley no le deja opción, es su responsabilidad hacerlo.

Texto oficial

Artículo 219. En caso de que el incumplimiento de las determinaciones de la autoridad garante correspondiente implique la presunta comisión de un delito, deberá denunciar los hechos ante la autoridad competente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 50) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.