Artículo 30 de la LEY DE TRANSPARENCIA PARA EL ACCESO Y SOCIALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Comité del Subsistema de Transparencia de la Ciudad tiene seis tareas principales. Primero, debe decirle al Consejo Nacional sus opiniones sobre los planes de transparencia. Segundo, ayuda a checar que esos planes se estén cumpliendo bien. Tercero, cada año presenta un informe de lo que hizo durante ese periodo. Cuarto, promueve que todos los integrantes trabajen juntos para cumplir con las reglas de transparencia. También da su opinión sobre otros temas que el Consejo le pregunte, y hace lo que el Sistema Nacional le pida.
Texto oficial
Artículo 30. El Comité del Subsistema de Transparencia de la Ciudad tendrá como funciones: I. Dar a conocer al Consejo Nacional, a través de su Presidencia, las opiniones que tuvieren sobre el proyecto de política nacional en materia de transparencia y acceso a la información pública; II. Apoyar en la supervisión de la ejecución de la política nacional en materia de transparencia y acceso a la información pública; III. Presentar al Consejo Nacional un informe anual sobre sus actividades; IV. Impulsar acciones de coordinación entre sus integrantes que promuevan el cumplimiento de obligaciones en materia de transparencia y acceso a la información pública; V. Opinar respecto de los demás asuntos que someta a su consideración el Consejo Nacional, y VI. Las demás que le confiera el Sistema Nacional.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.