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Artículo 44 de la LEY DE TRANSPARENCIA PARA EL ACCESO Y SOCIALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las oficinas del gobierno y las empresas que manejan datos públicos deben trabajar con el organismo encargado de vigilar la transparencia (la autoridad garante) para dar cursos constantes a todos sus empleados. Esos cursos deben enseñar sobre el derecho a pedir información pública, cómo compartir datos abiertos, rendir cuentas y proteger la información personal de los ciudadanos. Todo esto se hace para que la gente entienda mejor cómo funciona el gobierno y pueda exigir sus derechos. Además, el organismo de transparencia (como el INFO CDMX) debe juntarse con escuelas, museos y grupos ciudadanos para organizar pláticas, talleres, concursos y otras actividades. La idea es que todas las personas en la ciudad aprendan sobre transparencia y sepan cómo proteger sus datos personales.

Texto oficial

Artículo 44. Los sujetos obligados deberán cooperar con la autoridad garante que corresponda para capacitar y actualizar, de forma permanente, a todas sus personas servidoras públicas en materia del derecho de acceso a la información pública, apertura gubernamental, datos abiertos, rendición de cuentas y protección de datos personales, difusión y socialización de la información pública, a través de los medios que se consideren pertinentes. Con el objeto de crear una cultura de la transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, entre las personas habitantes de la Ciudad, la autoridad garante local promoverá, en colaboración con instituciones educativas y culturales del sector público o privado, sociedad civil organizada, actividades de participación ciudadana, social y/o comunitaria, como: asambleas informativas, mesas de trabajo, exposiciones, concursos, seminarios, diplomados, talleres, y toda actividad que fortalezca la transparencia, el acceso a la información y la protección de los datos personales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.