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Artículo 89 de la LEY DE TRANSPARENCIA PARA EL ACCESO Y SOCIALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La autoridad local que vigila la transparencia va a emitir reglas generales para que toda la información que los gobiernos y dependencias pongan en internet esté completa y correcta, tal como lo dice la ley anterior. Es como si el supervisor dijera exactamente cómo deben subir los datos para que no falte nada. Así, cualquier persona pueda consultar la información pública sin problemas.

Texto oficial

Artículo 89. La autoridad garante local mediante las Disposiciones y Acuerdos de Carácter General que emita, establecerán los parámetros necesarios para asegurar que la información publicada en los sitios de Internet utilizados por los sujetos obligados, cumplan con lo dispuesto en el artículo anterior.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 30) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.