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Artículo 100 de la LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no es válido. Lo que dice es que el artículo 100 y el Capítulo VII fueron eliminados de la ley. También el Capítulo VIII, que hablaba del Canal de Televisión, fue derogado oficialmente el 8 de diciembre de 2025. En pocas palabras, esa parte de la ley ya no existe y no tienes que tomarla en cuenta.

Texto oficial

Artículo 100. Se deroga. CAPÍTULO VII Se deroga CAPÍTULO VIII Del Canal de Televisión Capítulo derogado G.O. CDMX 8/12/25 Artículo derogado G.O. CDMX 8/12/25

Ver ley oficial en el DOF (pág. 57) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.