Artículo 64 de la LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Comisión Permanente es como un grupo de diputados y senadores que se queda trabajando cuando el Congreso no está en sesiones normales. Este artículo dice que ese grupo va a dejar de reunirse mientras el Congreso tenga sesiones extraordinarias. O sea, si el Congreso se junta de manera especial, la Comisión Permanente no hace nada hasta que terminen esas reuniones. Es como que la Comisión se toma un descanso para que todos los legisladores trabajen juntos en el periodo extraordinario.
Texto oficial
Artículo 64. La Comisión Permanente suspenderá sus sesiones durante los periodos extraordinarios del Congreso.
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