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Artículo 64 de la LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión Permanente es como un grupo de diputados y senadores que se queda trabajando cuando el Congreso no está en sesiones normales. Este artículo dice que ese grupo va a dejar de reunirse mientras el Congreso tenga sesiones extraordinarias. O sea, si el Congreso se junta de manera especial, la Comisión Permanente no hace nada hasta que terminen esas reuniones. Es como que la Comisión se toma un descanso para que todos los legisladores trabajen juntos en el periodo extraordinario.

Texto oficial

Artículo 64. La Comisión Permanente suspenderá sus sesiones durante los periodos extraordinarios del Congreso.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 44) ↗

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