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Artículo 102 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que ciertos trámites y peticiones no cuentan como "proposiciones" oficiales. Por ejemplo, si quieres hacer una gestión, pedir más presupuesto, solicitar información a una dependencia o pedir que un funcionario público asista a una reunión, debes hacerlo de forma directa ante la autoridad correspondiente: el Comité de Atención, Orientación y Quejas Ciudadanas para gestiones generales, la Comisión de Presupuesto para asuntos de dinero, la dependencia que tenga la información o según lo que diga la ley en el caso de reuniones con funcionarios. En pocas palabras, no se tramitan como propuestas formales, sino que se siguen canales específicos para cada tipo de solicitud.

Texto oficial

Artículo 102. Las solicitudes de gestión, de ampliación de recursos, de información a una dependencia gubernamental, o peticiones para citar a comparecer a alguna o algún servidor público del Gobierno de la Ciudad, no serán consideradas como proposiciones. Estas se sustanciarán de la siguiente manera: I. Las gestiones deberán exponerse de manera directa ante el Comité de Atención, Orientación y Quejas Ciudadanas; II. Las solicitudes de gestión o ampliación de recursos del Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Ciudad, deberán presentarse de manera directa ante la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, en los términos que ésta determine; III. Las solicitudes de información, a la dependencia gubernamental que corresponda, y IV. Las peticiones para que una Comisión se reúna con alguna o algún funcionario público del Gobierno de la Ciudad, deberán hacerse conforme a lo establecido en la ley. Sección Sexta Del Dictamen

Ver ley oficial en el DOF (pág. 33) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.