Artículo 194 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando en el Congreso haya una propuesta de ley que se considera urgente o preferente, las comisiones encargadas de revisarla deben juntarse a trabajar a más tardar en la segunda reunión oficial que tenga el Congreso al inicio de su periodo. Además, en la última semana de cada descanso entre periodos de sesiones, esas comisiones tienen que entregar un reporte por escrito a la Junta explicando qué hicieron durante ese receso, qué asuntos ya resolvieron, y qué propuestas o tareas están pendientes o todavía en proceso de revisión. Ese reporte se va a usar para organizar el trabajo de los siguientes periodos de sesiones.
Texto oficial
Artículo 194. Las Comisiones que conozcan de una iniciativa preferente durante el primer periodo de sesiones del primer año de la legislatura, deberán instalarse como tiempo máximo en la segunda sesión ordinaria de la legislatura. Dentro de la última semana de cada receso, las Comisiones deberán presentar a la Junta, un informe por escrito de las actividades desarrolladas durante el receso y un listado de los asuntos dictaminados, así como las iniciativas y actividades pendientes o en proceso de Dictamen. Los informes servirán para programar los trabajos de los periodos de sesiones.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.