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Artículo 223 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las comisiones (que son grupos de diputados encargados de temas específicos) pueden aceptar solicitudes o quejas de cualquier integrante del Congreso, siempre y cuando el asunto tenga que ver con lo que esa comisión revisa. O sea, si un diputado tiene un tema que le interesa, puede pedirle a la comisión correspondiente que lo atienda, pero solo si es parte de su trabajo.

Texto oficial

Artículo 223. Las Comisiones podrán recibir peticiones relacionadas con asuntos que sean de su competencia, por parte de las y los integrantes del Congreso.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 67) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.