Artículo 250 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las reuniones de las comisiones deben anunciarse con al menos dos días de anticipación, publicando los temas a tratar en la Gaceta Parlamentaria del Congreso. Esto no aplica para juntas de último momento o urgentes, que se llaman reuniones extraordinarias. En pocas palabras, si es una junta normal, te tienen que avisar con 48 horas de adelanto qué van a discutir.
Texto oficial
Artículo 250. La temática de las reuniones de Comisiones se dará a conocer con cuarenta y ocho horas de anticipación por lo menos, publicándose el orden del día en la Gaceta Parlamentaria del Congreso. Se exceptúa de lo anterior las reuniones extraordinarias.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.