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Artículo 250 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las reuniones de las comisiones deben anunciarse con al menos dos días de anticipación, publicando los temas a tratar en la Gaceta Parlamentaria del Congreso. Esto no aplica para juntas de último momento o urgentes, que se llaman reuniones extraordinarias. En pocas palabras, si es una junta normal, te tienen que avisar con 48 horas de adelanto qué van a discutir.

Texto oficial

Artículo 250. La temática de las reuniones de Comisiones se dará a conocer con cuarenta y ocho horas de anticipación por lo menos, publicándose el orden del día en la Gaceta Parlamentaria del Congreso. Se exceptúa de lo anterior las reuniones extraordinarias.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 75) ↗

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