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Artículo 260 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando una propuesta o tema se envía a una comisión (un grupo de diputados que lo analiza a detalle), esa comisión tiene máximo 45 días para resolverlo desde que lo recibe oficialmente. Después, el resultado de ese análisis se debe presentar al Pleno (donde están todos los diputados) para discutirlo, también en un plazo de 45 días naturales. Si necesitan más tiempo, la comisión puede pedir una prórroga de otros 45 días, pero solo si el Pleno la aprueba con una razón válida. Si se acaba el tiempo y la prórroga sin que se presente al Pleno, el asunto se archiva y ya no se sigue tramitando.

Texto oficial

Artículo 260. Todo asunto turnado a Comisión deberá ser resuelto por esta, dentro de un término máximo de cuarenta y cinco días, a partir de la recepción formal del asunto, con las salvedades que este reglamento establecen. El dictamen se presentará para discusión al Pleno en un plazo no mayor a cuarenta y cinco días naturales, contados a partir de la fecha en que haya sido recibido por la o las Comisiones, salvo prórroga debidamente fundamentada que apruebe el Pleno a petición de la dictaminadora, por un término adicional de la misma duración. Si transcurrido el plazo y/o prórroga correspondiente no ha sido presentado para su discusión y aprobación en el Pleno, la iniciativa, proposición, opinión o asunto en cuestión será archivado y se dará por concluido el trámite.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 79) ↗

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