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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_14556/346
Ley
REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
346

Artículo 346 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Congreso va a poner computadoras en todas las Alcaldías para que tú puedas consultar al instante cómo van las leyes y todo lo que pasa en el proceso legislativo. También los Diputados podrán ver directamente lo que opinas y las propuestas que hagas como ciudadano. Esto es parte de algo que se llama "audiencia pública", que es un espacio para que la gente participe y dé su punto de vista. En pocas palabras, buscan que la información sea más fácil de obtener para ti y que los Diputados te escuchen sin vueltas.

Texto oficial

Artículo 346. El Congreso instalará una red informática con terminales en cada Alcaldía que permita a las y los ciudadanos obtener información inmediata y detallada acerca del proceso legislativo, y a las y los Diputados conocer de manera directa las opiniones e iniciativas de las y los ciudadanos. Sección Tercera De la audiencia pública

Ver texto oficial del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 102) ↗

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