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Ley
REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
350

Artículo 350 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los diputados y diputadas tienen que anotar todos los asuntos que les lleguen de parte de la ciudadanía. Después, cuando ya le hayan dado seguimiento al caso, están obligados a informarle a la persona que pidió la ayuda cómo terminó todo, y deben hacerlo por escrito. Así que si tú le pides algo a un diputado, él te debe dar una respuesta clara y por escrito, no solo de palabra.

Texto oficial

Artículo 350. Las y los Diputados llevarán un registro de los asuntos que les sean planteados y darán a conocer al peticionario el resultado de su gestión por escrito.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 102) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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