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Artículo 357 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Una vez que la Junta recibe los reportes, los envía al Comité de Asuntos Editoriales. Ese Comité se encarga de planear cómo publicar un informe anual que junte todas las acciones que hicieron los diputados, ya sea solos o en grupo.

Texto oficial

Artículo 357. Recibidos los informes por la Junta, ésta los turnará al Comité de Asuntos Editoriales, a efecto de que éste programe la publicación de un informe anual consolidado de las acciones que en forma individual o colegiada se hayan realizado. TÍTULO OCTAVO DE LA INFORMACIÓN Y DIFUSIÓN DE LAS ACTIVIDADES DEL CONGRESO CAPÍTULO I De los Instrumentos Internos de Comunicación en el Trabajo Legislativo Sección Primera Diario de los Debates

Ver ley oficial en el DOF (pág. 104) ↗

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