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Artículo 367 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo habla de cómo se mantiene el orden en la Cámara de Diputados. La Mesa Directiva (el grupo que dirige la sesión) puede interpretar las reglas del Congreso para que todo funcione bien. El o la Presidente de la Mesa tiene varias herramientas para que los diputados puedan debatir sin interrupciones: puede llamarles la atención, anotar la falta en el acta, quitarles el micrófono o hasta retirar objetos del recinto. Si surge algo que no está en el reglamento, el Presidente puede tomar una decisión, pero necesita el visto bueno de la Mesa Directiva y la Junta; si no hay acuerdo, se necesita que la mayoría de los diputados lo aprueben. Por último, si hay dudas sobre cómo aplicar estas reglas, la Comisión de Normatividad Legislativa es la encargada de resolverlas.

Texto oficial

Artículo 367. Compete a la Mesa Directiva, realizar la interpretación de las normas y de los demás ordenamientos relativos a la actividad parlamentaria que se requiera para el cumplimiento de sus atribuciones, así como para la adecuada conducción de la sesión. La o el Presidente de la Mesa Directiva o de la Junta, según corresponda, tendrá en el desarrollo de las sesiones o reuniones como medios para promover la libre discusión y decisión parlamentaria, entre las y los Diputados, así como inhibir la interrupción de éstas, las siguientes acciones: I. Llamada al orden; II. Declaración de falta de orden con mención en el acta; III. Retiro del sonido; IV. Dictar las medidas que estime pertinentes con base a la ley y el presente reglamento para procurar el objeto señalado en este numeral; V. La o el Presidente ordenará el retiro de las expresiones materiales, y VI. Para atender una situación no prevista en el Reglamento, el La o el Presidente podrá dictar una resolución de carácter general, siempre que haya la opinión favorable de la Mesa Directiva y de la Junta. En caso contrario, este tipo de resoluciones sólo tendrán efecto con la aprobación de la mayoría simple del Pleno. VII. A la Comisión de Normatividad Legislativa Estudios y Prácticas Parlamentarias le compete resolver en caso de duda, las consultas referentes a este reglamento, de acuerdo con la ley. TÍTULO DÉCIMO DE LAS DISTINCIONES DEL CONGRESO CAPÍTULO I De la Entrega de Medallas y Reconocimientos

Ver ley oficial en el DOF (pág. 108) ↗

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