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Artículo 459 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Solo te pueden aceptar una propuesta después de la fecha límite si fue por una causa de fuerza mayor, o sea, algo que no pudiste controlar, como un accidente o una enfermedad. Tienes que comprobarlo de manera que la Comisión o el Comité queden completamente convencidos. Pero aunque sea fuera del plazo, jamás podrán recibir tu propuesta si ya fue aprobada por la Comisión o el Comité. Básicamente, solo hay una pequeña ventana para entregar tarde, siempre que demuestres que no fue tu culpa.

Texto oficial

Artículo 459. Solamente por causa de fuerza mayor, no imputable a la o el interesado, previa justificación a entera satisfacción de la Comisión dictaminadora o el Comité, podrán recibirse propuestas fuera del término señalado en la convocatoria respectiva, pero de ninguna manera una vez aprobadas por la Comisión dictaminadora o el Comité.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 125) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.