Artículo 460 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para preferir a alguien en un proceso de reconocimiento, la ley dice que deben darle ventaja a quienes vivan en la Ciudad de México. Eso quiere decir que si varias personas compiten por ese reconocimiento, las que tengan su domicilio en la capital tendrán prioridad sobre las demás. No importa dónde hayan nacido, solo que vivan aquí actualmente.
Texto oficial
Artículo 460. Se tomará en cuenta de preferencia que las y los candidatos al reconocimiento respectivo sean habitantes de la Ciudad de México.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.