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Artículo 46 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las juntas del Congreso pueden ser de cuatro tipos: normales, especiales, formales o continuas, y todas son abiertas al público. Para empezar cualquier junta, tiene que estar presente más de la mitad de los diputados. Además, durante las sesiones debe haber uno o varios intérpretes de Lengua de Señas Mexicanas en un lugar donde todos los vean, para que las personas sordas puedan entender lo que se discute.

Texto oficial

Artículo 46. Las sesiones del Congreso tendrán el carácter de ordinarias, extraordinarias, solemnes o permanentes, todas serán públicas. Se requiere de la asistencia de la mitad más uno de las y los Diputados que integran el Congreso para abrir cada sesión. Para el desarrollo de las sesiones, deberá permanecer en un lugar visible en el salón de sesiones del Recinto, una o un intérprete traductor de Lenguaje de Señas Mexicanas, o en su caso los necesarios, con el fin de traducir a la ciudadanía con discapacidad auditiva el asunto tratado en la misma.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 18) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.