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Artículo 486 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Junta (un grupo de diputados encargados de organizar el trabajo) le va a proponer al Pleno (cuando todos los diputados se reúnen) los nombres de las personas que van a estar a cargo de cada unidad administrativa (oficinas del Congreso). Para que esos nombramientos sean aceptados, se necesita que la mayoría de los diputados que estén presentes en la sesión voten a favor. Básicamente, los jefes de cada área del Congreso los eligen los diputados, pero no todos los diputados, sino solo quienes asisten.

Texto oficial

Artículo 486. La Junta presentará al Pleno la propuesta de las y los Titulares de cada una de las Unidades Administrativas para su ratificación; para este efecto será necesario el voto de la mayoría de las y los Diputados presentes en la sesión respectiva. Sección Primera De la Coordinación de Servicios Parlamentarios

Ver ley oficial en el DOF (pág. 131) ↗

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