Artículo 6 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que las diputadas y diputados tienen derecho a recibir del Congreso todo lo que necesiten para hacer bien su trabajo, como personal de apoyo, equipo de oficina y dinero para gastos. También pueden usar los sistemas de internet, teléfono y demás tecnologías que tenga el Congreso. Pero ojo, no pueden pedir lo que quieran sin límite: solo se les da lo que alcance según el presupuesto de la Cámara y lo que la ley permita. En pocas palabras, tienen derecho a herramientas para trabajar, pero siempre con los recursos que haya disponibles.
Texto oficial
Artículo 6. Las y los Diputados tendrán las siguientes prerrogativas: I. Contar con los recursos humanos, materiales y financieros que les permitan desempeñar con eficacia y dignidad su cargo, y II. Disponer de los servicios de comunicación, telemáticos y demás servicios con que cuente el Congreso para el desarrollo de su función. La satisfacción de las solicitudes de las y los Diputados, con base en las prerrogativas enunciadas, estará sujeta a las limitaciones legales y a las disponibilidades de los recursos presupuestarios, financieros, administrativos y humanos del Congreso. Sección Tercera De las Obligaciones de las y los Diputados
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.