Artículo 136 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando un juez o autoridad de la Ciudad de México necesita que un experto (como un médico, ingeniero, contador o cualquier especialista en un oficio o ciencia) opine sobre un caso, ese experto está obligado a ayudar. Esto significa que si trabajas para el gobierno en algún área técnica o profesional, no puedes negarte a dar tu dictamen (tu opinión experta por escrito) cuando la autoridad judicial te lo pida. Es como parte de tu chamba: si tienes los conocimientos, debes cooperar con los tribunales para que puedan resolver los asuntos legales.
Texto oficial
Artículo 136. El peritaje de los asuntos judiciales que se presenten ante las autoridades comunes de la Ciudad de México, es una función pública y en esa virtud las personas profesionales, técnicas o prácticas en cualquier materia científica, arte u oficio que presten sus servicios a la administración pública, están obligadas a cooperar con dichas autoridades, dictaminando en los asuntos relacionados con su encomienda. Párrafo reformado G.O. CDMX 29/11/24
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.