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Artículo 16 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 16 ya no existe, porque fue eliminado oficialmente el 31 de agosto de 2025 según la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Cuando una ley dice que un artículo "se deroga", significa que dejó de tener validez y ya no se aplica. Así que no tienes que preocuparte por cumplir con lo que decía ese artículo, porque ya no está vigente. En pocas palabras, este artículo es historia.

Texto oficial

Artículo 16. Se deroga. Artículo derogado G.O. CDMX 31/08/25 Artículo derogado G.O. CDMX 31/08/25

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.