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Artículo 197 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Coordinación de Comunicación Social es la encargada de juntar y compartir la información de todas las áreas del Tribunal, como el Órgano de Administración Judicial y el Tribunal de Disciplina. También debe darle seguimiento a las noticias que salgan en medios impresos o electrónicos, y tendrá el personal necesario para hacer su trabajo. Para ser Coordinador o Coordinadora de Comunicación Social, necesitas: ser mexicano o mexicana de nacimiento (sin otra nacionalidad) y tener tus derechos civiles y políticos al corriente. Además, debes tener al menos 30 años cumplidos el día en que te nombren, contar con título y cédula profesional en Ciencias de la Comunicación, Periodismo o carreras afines, y tener mínimo 5 años de experiencia en el ramo. También es clave tener buena reputación y no haber sido condenado por un delito que haya llevado a más de un año de cárcel. Pero si el delito fue robo, fraude, falsificación, abuso de confianza o algo que dañe tu imagen pública, quedas automáticamente fuera del puesto, sin importar la pena.

Texto oficial

Artículo 197. Corresponde a la Coordinación de Comunicación Social recabar y difundir la información generada por las diversas áreas del Tribunal Superior de Justicia, el Órgano de Administración Judicial y Tribunal de Disciplina, así como llevar un seguimiento de las noticias que se divulguen tanto en medios impresos como electrónicos, contará con el personal indispensable para el desarrollo de sus actividades. Párrafo reformado G.O. CDMX 31/08/25 Para ser Coordinadora o Coordinador de Comunicación Social del Tribunal Superior de Justicia, se requiere: Párrafo reformado G.O. CDMX 31/08/25 I. Ser mexicana o mexicano por nacimiento, no haber adquirido otra nacionalidad y estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos; Fracción reformada G.O. CDMX 31/08/25 II. Tener cuando menos treinta años de edad cumplidos el día de la designación; III. Contar con título de licenciado en Ciencias de la Comunicación, Periodismo o a fin, y cédula profesional, experiencia mínima de cinco años y la capacidad indispensable para el desempeño del cargo; y Fracción reformada G.O. CDMX 31/08/25 IV. Gozar de buena reputación y no haber sido persona condenada por delito que amerite pena privativa de libertad de más de un año de prisión, pero si se tratare de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro que lastime seriamente la buena fama en el concepto público, la inhabilitará para el cargo cualquiera que haya sido la pena. Fracción adicionada G.O. CDMX 29/11/24 CAPÍTULO XI DEL CENTRO DE JUSTICIA ALTERNATIVA

Ver ley oficial en el DOF (pág. 90) ↗

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