Artículo 232 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Los Artículos 232 y 233 ya no existen, se eliminaron de la ley. "Derogar" significa que esos artículos fueron cancelados oficialmente, así que ya no aplican para nada. No hay que preocuparse por ellos porque ya no tienen ningún efecto legal.
Texto oficial
Artículo 232. Se deroga; Artículo233. Se deroga;
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.