Artículo 244 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
En este artículo se dice que hay una oficina especial llamada Dirección de Gestión Judicial en materia Penal, que es la encargada de organizar a los equipos de trabajo que hacen funcionar el sistema de justicia penal (el que usan para juzgar delitos). Esta dirección se asegura de que varias unidades (como las que atienden casos de jóvenes o el cumplimiento de castigos) trabajen bien coordinadas. También supervisa la ayuda que reciben los jueces y magistrados que participan en ese sistema. Básicamente, es como el "jefe" que coordina todo para que el sistema de justicia penal funcione ordenadamente.
Texto oficial
Artículo 244. La Dirección de Gestión Judicial en materia Penal es la autoridad que tiene a su cargo los equipos multidisciplinarios de gestión que desarrollan el Sistema Procesal Penal Acusatorio en el Tribunal Superior de Justicia. La Dirección de Gestión Judicial en materia Penal es responsable de coordinar las funciones de las diversas Unidades de Gestión Judicial en materia Penal, Justicia para Adolescentes, Ejecución de Medidas Sancionadoras y Ejecución de Sanciones Penales que conforman el Sistema Procesal Penal Acusatorio y supervisa el apoyo que se brinda a las personas magistradas y a las personas juzgadoras que integran el Sistema Procesal Penal Acusatorio. Párrafo reformado G.O. CDMX 29/11/24
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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.