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Artículo 26 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para ser Secretario o Secretaria Actuario en un juzgado, necesitas cumplir con estos requisitos: 1. Ser ciudadano mexicano y tener tus derechos civiles y políticos al corriente. 2. Tener título y cédula profesional de Licenciatura en Derecho. 3. No haber sido condenado por un delito grave con más de un año de cárcel; si fue por robo, fraude, falsificación, abuso de confianza o algo que dañe tu reputación, quedas descalificado sin importar la pena. Tampoco debes tener antecedentes por violencia familiar ni estar en los registros de deudores alimentarios o de violencia política contra las mujeres. 4. Lo mismo aplica para condenas firmes por delitos con pena corporal de más de un año. 5. Necesitas tener 6 meses de práctica en derecho y haber tomado un curso de preparación de al menos 3 meses en el Instituto de Estudios Judiciales. Para ser Titular de la Secretaría Auxiliar Actuario de Sala, solo te saltas el requisito de la práctica profesional.

Texto oficial

Artículo 26. Para ser Secretaria o Secretario Actuario se requiere: I. Tener la ciudadanía mexicana en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos; II. Tener título profesional de Licenciatura en Derecho con cédula profesional expedida por la autoridad o institución legalmente facultada para ello; III. No haber sido condenado por sentencia definitiva, por delito doloso que amerite pena privativa de libertad de más de un año de prisión, pero si se tratare de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro que lastime seriamente la buena fama en el concepto público, quedará inhabilitado para el cargo, cualquiera que haya sido la pena, no haber sido condenado por el delito de violencia familiar en cualquiera de sus modalidades y no estar inscrito en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias; el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género; ni en el Registro de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género, vigentes en la Ciudad de México; Fracción reformada G.O. CDMX 31/08/25 IV. No haber sido condenado por sentencia firme, por delito doloso que amerite pena corporal de más de un año de prisión, pero si se tratare de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro que lastime seriamente la buena fama en el concepto público, quedará inhabilitado para el cargo, cualquiera que haya sido la pena; y V. Tener una práctica profesional en el campo jurídico de seis meses y haber hecho un curso de preparación no menor de tres meses en el Instituto de Estudios Judiciales. Para ser Titular de la Secretaría Auxiliar Actuario de Sala se deben cubrir los requisitos establecidos en esta Ley, a excepción del relativo a la práctica profesional.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.