Artículo 290 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 290 ya no existe, fue eliminado por un cambio en las leyes de la Ciudad de México que se publicó el 31 de agosto de 2025. "Derogar" significa cancelar o borrar una regla, así que este artículo ya no tiene validez ni se aplica. En pocas palabras, no debes preocuparte por lo que decía porque ya no es parte de la ley.
Texto oficial
Artículo 290. Se deroga. Artículo derogado G.O. CDMX 31/08/25
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