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Artículo 290 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 290 ya no existe, fue eliminado por un cambio en las leyes de la Ciudad de México que se publicó el 31 de agosto de 2025. "Derogar" significa cancelar o borrar una regla, así que este artículo ya no tiene validez ni se aplica. En pocas palabras, no debes preocuparte por lo que decía porque ya no es parte de la ley.

Texto oficial

Artículo 290. Se deroga. Artículo derogado G.O. CDMX 31/08/25

Ver ley oficial en el DOF (pág. 137) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.