Artículo 292 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El recurso de inconformidad es un derecho que tienes para pedirle al Pleno del Tribunal de Disciplina Judicial que revise, cambie o anule una decisión que tomó la comisión sustanciadora (el grupo que lleva el caso). Tienes 5 días hábiles (sin contar sábados, domingos ni días festivos) para presentarlo, empezando desde el día después de que te notifiquen la resolución que quieres impugnar. El recurso lo debes entregar en la misma comisión sustanciadora, y debe incluir: tu nombre y firma, una dirección para que te lleguen notificaciones, los datos del procedimiento que estás peleando, y las razones por las que estás en desacuerdo. Cuando presentas el recurso, la resolución se congela y no se aplica hasta que el Pleno del Consejo de la Judicatura decida qué hacer.
Texto oficial
Artículo 292. El recurso de inconformidad tiene por objeto que el Pleno del Tribunal de Disciplina Judicial confirme, revoque o modifique la resolución dictada por la comisión sustanciadora. Párrafo reformado G.O. CDMX 31/08/25 El término para interponer el recurso de inconformidad será de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente en que le sea hecha la notificación de la resolución que se recurre. Párrafo reformado G.O. CDMX 31/08/25 Dicho recurso deberá presentarse ante la propia comisión sustanciadora, debiendo contener los siguientes requisitos: Párrafo reformado G.O. CDMX 31/08/25 I. El nombre y firma del recurrente, así como el domicilio para oír y recibir notificaciones y documentos; II. Señalar la resolución administrativa que se impugna, precisando los datos de identificación del procedimiento del que deriva la resolución; y III. Los motivos de inconformidad que considere en contra de la resolución que se recurre. La interposición de dicho recurso tendrá como efecto la suspensión de la ejecución de la resolución recurrida hasta en tanto se resuelva éste por el Pleno del Consejo de la Judicatura.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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