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Artículo 300 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que hay un grupo llamado "comisión sustanciadora" que se encarga de revisar lo que hacen los servidores públicos (como jueces o funcionarios). Su trabajo principal es ver si cometieron alguna falta y, si es necesario, aplicarles un castigo. Esto sirve para que los servidores públicos hagan su labor de manera responsable, profesional y sin influencias externas. También ayuda a evitar que hagan cosas que dañen la confianza en su trabajo.

Texto oficial

Artículo 300. La comisión sustanciadora tiene como función primordial, conocer las conductas de los servidores públicos y resolver, en su caso, la responsabilidad administrativa de los mismos, a fin de lograr un ejercicio responsable, profesional e independiente en la función jurisdiccional, así como evitar actos que la demeriten. Artículo reformado G.O. CDMX 31/08/25

Ver ley oficial en el DOF (pág. 141) ↗

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