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Artículo 302 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 302 dice que para que la comisión sustanciadora trabaje mejor, se van a formar tantas comisiones como jueces (magistradas y magistrados) que estén trabajando actualmente. Todas esas comisiones van a funcionar al mismo tiempo. Esto significa que en lugar de que un solo grupo haga todo, se reparten el trabajo entre varias comisiones para ser más rápidos y eficientes.

Texto oficial

Artículo 302. La comisión sustanciadora para su mejor funcionamiento estará integrada por tantas comisiones como Magistradas y Magistrados que se encuentren en activo y funcionarán de forma simultánea. Artículo reformado G.O. CDMX 31/08/25

Ver ley oficial en el DOF (pág. 141) ↗

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