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Artículo 303 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Pleno del Tribunal de Disciplina Judicial (que es el grupo de jueces más importante de este tribunal) va a decidir por medio de un acuerdo cómo se van a organizar las comisiones de trabajo. Esas comisiones se van a ordenar por un número de ponencia, que es como un folio que le toca a cada asunto. También van a definir el procedimiento, los plazos y los tiempos para que las Secciones (que son grupos más pequeños dentro del tribunal) saquen sus resoluciones siguiendo lo que dice esta ley.

Texto oficial

Artículo 303. El Pleno del Tribunal de Disciplina Judicial determinará mediante un acuerdo plenario los siguientes aspectos: Artículo reformado G.O. CDMX 31/08/25 1. El número y la forma en que se organizarán las comisiones, cuyo orden se asignará por el número consecutivo de ponencia que corresponda; Numeral reformado G.O. CDMX 31/08/25 2. El procedimiento, plazos y términos para que las Secciones emitan la resolución correspondiente en los términos de esta Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 141) ↗

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