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Artículo 311 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada semana, un juez del Tribunal de Disciplina Judicial revisa las quejas que llegaron y los casos que el tribunal inició por su cuenta. Los va atendiendo uno por uno, en orden de llegada o según el número que les toque. Sigue este proceso hasta que el caso esté listo para que los magistrados decidan si castigan o no al juez o funcionario involucrado. Esto lo hace siguiendo las reglas de esta Ley. En pocas palabras, llevan un orden semanal para no atrasarse con los asuntos disciplinarios.

Texto oficial

Artículo 311. El Tribunal de Disciplina Judicial, a través de la o del Magistrado en turno substanciará, semanalmente y por orden progresivo, el trámite de las quejas y los procedimientos de oficio hasta ponerlos en estado de resolución en términos de esta Ley. Artículo reformado G.O. CDMX 31/08/25

Ver ley oficial en el DOF (pág. 143) ↗

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