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Artículo 313 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien quiere reportar una falta cometida por un juez, magistrado o cualquier empleado del sistema de justicia, tiene que presentar una queja por escrito. Es obligatorio que pongas tu nombre completo, firma y dirección, además de que debes declarar bajo protesta de decir verdad, o sea, que te comprometes a no mentir. También tienes que incluir pruebas como documentos o cualquier evidencia que muestre que la falta sí ocurrió y que el servidor público tuvo algo que ver. Sin esas pruebas, la queja no se puede procesar.

Texto oficial

Artículo 313. Las quejas que se presenten por las faltas en que presuntamente hayan incurrido las o los Magistrados, las y los Administradores Judiciales, las y los Jueces, así como las y los demás servidores públicos de la administración de justicia, se harán constar para su debida tramitación, las cuales en todo caso deberán contener nombre, firma y domicilio de la o del denunciante, y se harán bajo protesta de decir verdad. Artículo reformado G.O. CDMX 31/08/25 Las quejas que se formulen deberán estar apoyadas en pruebas documentales o elementos probatorios suficientes para establecer la existencia de la falta y presumir la responsabilidad de la o del servidor público denunciado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 144) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.