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Artículo 336 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada vez que el Pleno (los magistrados en conjunto) o las comisiones del Tribunal de Disciplina Judicial tomen una decisión, esa decisión se tiene que escribir en un documento llamado "acta". Al final del documento, todos los magistrados que participaron en la decisión deben poner su firma para que quede oficial. En palabras simples, lo que se decide en el Tribunal se escribe y se firma por quienes lo resolvieron.

Texto oficial

Artículo 336. Las resoluciones del Pleno del Tribunal de Disciplina Judicial, así como las de las comisiones que integran al Tribunal de Disciplina Judicial constarán en actas y deberán firmarse por las o los Magistrados intervinientes. Artículo reformado G.O. CDMX 31/08/25

Ver ley oficial en el DOF (pág. 149) ↗

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