Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 353 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo fue eliminado de la ley. Cuando un artículo está derogado, quiere decir que ya no tiene validez y no se aplica. Desde el 29 de noviembre de 2024 este artículo ya no existe en el código.

Texto oficial

Artículo 353. Se deroga. Fracción reformada G.O. CDMX 29/11/24 Artículo derogado G.O. CDMX 29/11/24

Ver ley oficial en el DOF (pág. 158) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.