Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 360 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no existe. La palabra "derogar" significa que la ley que lo contenía fue eliminada oficialmente. Así que si antes decía algo, ahora ya no tiene validez ni se aplica. No hay que preocuparse por lo que decía, porque ya no es requisito ni obligación para nadie.

Texto oficial

Artículo 360. Se deroga.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 163) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.