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Artículo 362 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no está vigente, es decir, ya no sirve para nada. La ley lo eliminó por completo. Cuando ves que dice "derogado", significa que ya no tienes que cumplirlo ni te puede afectar. La fecha que aparece es solo el día en que se publicó la eliminación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. En pocas palabras, haz de cuenta que este artículo nunca existió.

Texto oficial

Artículo 362. Se deroga. Artículo derogado G.O. CDMX 31/08/25 Artículo derogado G.O. CDMX 31/08/25 Artículo derogado G.O. CDMX 31/08/25

Ver ley oficial en el DOF (pág. 163) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.