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Artículo 372 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no aplica porque fue eliminado oficialmente de la ley el 31 de agosto de 2025. Cuando una ley dice que un artículo se "deroga", significa que se cancela y deja de tener efecto. Así que no tienes que preocuparte por lo que decía este artículo, porque ya no existe legalmente. Lo único importante es que su eliminación fue publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Texto oficial

Artículo 372. Se deroga. Artículo derogado G.O. CDMX 31/08/25 CAPÍTULO IV DE LOS ÓRGANOS Y SISTEMAS PARA LA IMPOSICIÓN DE LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS

Ver ley oficial en el DOF (pág. 163) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.