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Artículo 5 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo define quiénes son y cómo se llaman las partes importantes dentro del sistema de justicia de la Ciudad de México, como jueces, magistrados y oficinas, para que no haya confusiones al leer la ley. Por ejemplo, cuando dice "Congreso", se refiere al Congreso de la Ciudad de México, y cuando dice "Archivo Judicial", es el archivo del Tribunal Superior de Justicia de la CDMX. También aclara que "Juzgados" son los tribunales donde trabajan los jueces, y "Personas Juzgadoras" son los titulares de esos juzgados o tribunales laborales. Además, menciona que el "Centro de Justicia Alternativa" es un lugar para resolver conflictos sin llegar a juicio, y que las "Autoridades Garantes" son las oficinas encargadas de vigilar que se cumplan las reglas. Por último, algunas partes del artículo ya no aplican y por eso están marcadas como "derogadas".

Texto oficial

Artículo 5. Para los efectos de esta Ley se entenderá por: I. Acción efectiva, a la acción de protección efectiva de derechos; II. Archivo Judicial, al Archivo Judicial del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial de la Ciudad de México; III. Centro de Justicia Alternativa, al Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial de la Ciudad de México; III BIS. Autoridades Garantes: autoridad garante local; el Órgano de Administración Judicial; los órganos internos de control o equivalentes de los órganos constitucionales autónomos y la Contraloría Interna del Congreso de la Ciudad de México. IV. Se deroga. V. Congreso, al Congreso de la Ciudad de México; VI BIS. Comité del Subsistema de Transparencia: Es el Órgano Colegiado integrado de conformidad con el artículo 32 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y cuyas funciones están señaladas en el artículo 30 de la Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México; VI. Se deroga. VII. Constitución, a la Constitución Política de la Ciudad de México; VIII. Contraloría, a la Contraloría del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial de la Ciudad de México; IX. Instituto de Estudios Judiciales, al Instituto de Estudios Judiciales del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México; Fracción reformada G.O. CDMX 31/08/25 X. Juzgados, a los órganos jurisdiccionales del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial de la Ciudad de México; XI. Las y los Administradores Judiciales, a las personas integrantes del órgano de Administración Judicial del Poder Judicial de la Ciudad de México; Fracción reformada G.O. CDMX 31/08/25 XII. Las y los Magistrados, a las Magistradas o Magistrados adscritos al Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial de la Ciudad de México y al Tribunal de Disciplina Judicial; Fracción reformada G.O. CDMX 31/08/25 XIII. Juzgadores y/o las y los Jueces de la Ciudad de México, a las personas titulares de los Juzgados del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial de la Ciudad de México; Fracción reformada G.O. CDMX 31/08/25 XIV. Personas Juzgadoras de la Ciudad de México, a las personas titulares de los órganos jurisdiccionales y a las adscritas a las Unidades de Gestión Judicial o a los Tribunales Laborales, todos del Poder Judicial de la Ciudad de México; XV. Órgano de Administración Judicial, al Órgano de Administración Judicial del Poder Judicial de la Ciudad de México; Fracción reformada G.O. CDMX 31/08/25 XVI. Pleno, al Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial de la Ciudad de México; Fracción reformada G.O. CDMX 31/08/25 XVII. Pleno del Órgano de Administración Judicial, al Pleno del Órgano de Administración Judicial del Poder Judicial de la Ciudad de México; Fracción reformada G.O. CDMX 31/08/25 XVII BIS. Ley de Transparencia: Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México; XVIII. Pleno del Tribunal de Disciplina Judicial, al Pleno del Tribunal de Disciplina Judicial del Poder Judicial de la Ciudad de México; XIX. Poder Judicial, al Poder Judicial de la Ciudad de México; Fracción reformada G.O. CDMX 31/08/25 Fracción reformada G.O. CDMX 31/08/25 XX. Sala o Salas, a las Salas del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial de la Ciudad de México en cualquiera de las siguientes materias: Civil, Penal, Familiar, Justicia para Adolescentes, Especializadas en Ejecución de Sentencias Penales y Laboral; Fracción reformada G.O. CDMX 31/08/25 XXI. Sala Constitucional, a la Sala Constitucional del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial de la Ciudad de México; Fracción reformada G.O. CDMX 31/08/25 XXII. Tribunal de Disciplina Judicial, al Tribunal de Disciplina Judicial del Poder Judicial de la Ciudad de México; Fracción reformada G.O. CDMX 31/08/25 XXIII. Tribunal Superior de Justicia, al Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial de la Ciudad de México; y Fracción reformada G.O. CDMX 31/08/25 XXIV. Unidades de Gestión, a las áreas corporativas de apoyo a la función jurisdiccional, integradas por personal multifuncional, con la que se privilegia la división de las actividades administrativas de las jurisdiccionales en la substanciación de los procedimientos judiciales, en materias Civil, Penal, Familiar, Laboral, Justicia para Adolescentes, Ejecución de Sentencias Penales, Civiles y Familiares, así como aquellas materias que determine el Órgano de Administración Judicial. Fracción reformada G.O. CDMX 31/08/25 XXV. Ley, a la presente Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México; XXVI. Pleno, al Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial de la Ciudad de México; XXVII. Pleno del Consejo, al Pleno del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial de la Ciudad de México; XXVIII. Poder Judicial, al Poder Judicial de la Ciudad de México; XXIX. Sala o Salas, a las Salas del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial de la Ciudad de México en cualquiera de las siguientes materias: Civil, Penal, Familiar, Justicia para Adolescentes, Especializadas en Ejecución de Sentencias Penales y Laboral; XXX. Sala Constitucional, a la Sala Constitucional del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial de la Ciudad de México; Fracción reformado G.O. CDMX 29/11/24 XXXI. Tribunal Superior de Justicia, al Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial de la Ciudad de México; y Fracción reformado G.O. CDMX 29/11/24 XXXII. Unidades de Gestión, a las áreas corporativas de apoyo a la función jurisdiccional, integradas por personal multifuncional, con la que se privilegia la división de las actividades administrativas de las jurisdiccionales en la substanciación de los procedimientos judiciales, en materias Civil, Penal, Familiar, Laboral, Justicia para Adolescentes, Ejecución de Sentencias Penales, Civiles y Familiares, así como aquellas materias que determine el Consejo de la Judicatura. Fracción adicionada G.O. CDMX 29/11/24

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

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