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Artículo 134 de la LEY ORGÁNICA DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión puede pedirle a tu jefe (si eres servidor público) que te ponga una llamada de atención por escrito, ya sea a escondidas o frente a todos, aunque no te hayan castigado en lo administrativo o penal. Esto aplica si andas en un posible desliz o falta como trabajador del gobierno. No importa si aún no hay sanción oficial, la Comisión tiene derecho a solicitar esa amonestación a tu superior directo. O sea, te pueden dar un jalón de orejas formal y por escrito, aunque el proceso legal apenas vaya empezando.

Texto oficial

Artículo 134.- Con independencia de las sanciones administrativas o penales, la Comisión estará facultada para solicitar al superior jerárquico de la autoridad o persona servidora pública presuntamente responsable, la emisión de amonestaciones por escrito y públicas o privadas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 43) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.