Artículo 23 de la LEY ORGÁNICA DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El jefe de la Comisión va a elegir a la persona que estará al frente de la Secretaría Ejecutiva. Para poder ser elegido, esa persona debe cumplir con cinco requisitos: ser mexicano y tener sus derechos políticos vigentes (como votar), tener buena fama y ser honrado, comprobar mínimo cinco años de experiencia en derechos humanos, tener un título universitario con al menos cinco años de haberse emitido, y no haber sido castigado por el gobierno con una inhabilitación (es decir, que no lo hayan suspendido o corrido de un trabajo público por faltas graves).
Texto oficial
Artículo 23.- La persona titular de la Secretaría Ejecutiva será designada por la persona titular de la Presidencia de la Comisión, debiendo reunir los siguientes requisitos para su designación: I. Tener ciudadanía mexicana y estar en pleno goce de sus derechos políticos; II. Gozar de buena reputación, probidad y reconocido prestigio público; III. Contar cuando menos con cinco años de experiencia profesional comprobable en materia de derechos humanos; IV. Contar con título de licenciatura expedido con al menos cinco años de antigüedad; y V. No haber sido objeto de sanción de inhabilitación o destitución administrativas para el desempeño de empleo, cargo o comisión en el servicio público, mediante resolución que haya causado estado.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.